El Código Técnico de Edificación establece, según Real Decreto, que los edificios construidos en España a partir de 2006 deben disponer, obligatoriamente, de sistemas de seguridad contra incendios. Para los edificios construidos antes de ese año no existe obligatoriedad de instalación de sistemas de seguridad y prevención de incendios, pero es muy importante su instalación con el paso de los años.
En nuestra empresa Ruva Seguridad, las comunidades de vecinos pueden encontrar todo lo que necesiten en cuanto a material contra incendios: extintores de carbono, automáticos, puertas de seguridad, rociadores, bocas de incendios, centrales de alarma o alumbrado de emergencia.
Dentro de la normativa de Prevención y Seguridad contra Incendios en Comunidades de Propietarios destacan aspectos como la obligatoria presencia, en cada planta del edificio, de extintores portátiles. Se debe colocar al menos un extintor portátil a 15 metros del origen de evacuación, y las alarmas de detección de incendios son obligatorias cuando la altura de evacuación de la comunidad de propietarios sea superior a 50 metros. Además, los materiales utilizados en revestimiento de techos, suelos, paredes y elementos decorativos deben ser ignífugos.
Tiene que haber puertas cortafuegos en el acceso a los edificios, garajes y escaleras de emergencia, así como un mapa de señalización y alumbrado de salidas de emergencia.
Las empresas de mantenimiento de extintores en Barcelona estamos preparadas para instalar y comprobar periódicamente el funcionamiento correcto de todos estos elementos que previenen los incendios.
Las empresas de extintores en Barcelona deben estar capacitadas para realizar, conforme a parámetros legales, la instalación y el mantenimiento de todo tipo de equipos y sistemas de protección contra incendios.