NORMATIVA PARA LA INSTALACIÓN DE EXTINTORES
La instalación de un extintor de incendios ha de hacerse siguiendo la normativa vigente (Real Decreto 1942/93, reglamento de instalaciones de protección contra incendios) que corresponde a este tipo de elementos de seguridad.
El extintor ha de estar colocado a una altura accesible y visible, siempre en pared vertical y cuya altura no supere los 1,7 metros. Debe estar cerca de puntos donde hay mayores probabilidades de iniciarse un fuego.
La colocación del extintor ha de estar correctamente señalizada con una señal cuadrada o rectangular ubicada en la pared encima del extintor de incendios. La señal debe de ser en color rojo poniendo la palabra extintor o un dibujo de un extintor en color blanco. El color rojo ha de ocupar siempre como mínimo el 50% de la señal.
Es clave que los extintores de incendios se ubiquen en lugares accesibles y visibles. Si se produce un incendio, la rapidez es clave. Además de instalar y señalizar, es importante hacer un mantenimiento periódico para ver que funciona.
El mantenimiento han de hacerlo dos personas diferentes, el titular y el instalador. El titular ha de hacer comprobaciones cada tres meses y debe asegurar la accesibilidad, el estado de los seguros, inscripciones, precintos y mangueras. Debe comprobar también la carga del extintor y la botella de gas si tuviera. Tiene que ver que funcionan los elementos mecánicos tales como válvulas, palanca o manguera.
El instalador profesional autorizado ha de realizar las comprobaciones anualmente, comprobando la carga y presión del extintor y estado del agente extintor si son extintores de polvo con botellín de presión.
Ha de asegurarse también la presión de impulso del agente extintor y el estado de seguros, manguera y válvulas.
En cada mantenimiento la persona encargada ha de cumplimentar y guardar un documento acreditativo de las tareas que se han realizado y el resultado de las pruebas.